domingo, 18 de agosto de 2013




INTRODUCCIÓN

Dentro de las empresas, directivos, gerentes y supervisores tienen responsabilidades y experiencias diarias que les hacen ver la importancia de formar comisiones de seguridad e higiene laboral. Se pretende establecer los requerimientos para la constitución, integración, organización y funcionamiento de las Comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo. La presente Norma rige en el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.  
Todos los programas que conciernen al campo de la salud y la seguridad tienen un propósito singular, que es desarrollar las actividades sin tener accidentes, daños o invalidez ocupacional. Logrando esto, no solo podríamos evitar las tragedias humanas, sino que también los altos costos, desperdicios, y la pobre calidad. La prevención de accidentes y la  eficiencia de producción  van juntas; ya que previniendo los accidentes la producción se eleva y la calidad de la misma es mejor. Actualmente toma menos tiempo y cuesta menos dinero prevenir accidentes que tenerlos, por tanto; seguridad no es algo que nosotros tenemos que trabajar en tiempo extra, sino que la supervisión y la seguridad van mano a mano. Tener éxito en el campo de la seguridad viene de una consistencia de todos los días por parte del patrón y de sus trabajadores.


Todas la empresas gastan grandes sumas de dinero en médicos y medicinas y sobre todo en la compensación para el trabajador y en los seguros médicos, además de que el tiempo perdido y la capacidad del trabajador nunca se podrá recuperar. Por otra parte existen los daños a la propiedad y ocurren frecuentemente, y conllevan costos a veces más elevados que los daños a la persona. Ambos se pueden prevenir.

















Las obligaciones del patrón son:
Constituir e integrar al menos una comisión en el centro de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo 7 de la presente Norma.
Designar a sus representantes para participar en la comisión que se integre en el centro de trabajo. Contar con el acta de constitución de la comisión del centro de trabajo, y de sus actualizaciones.
Contar con el programa anual de los recorridos de verificación de la comisión.
Contar con las actas de los recorridos de verificación realizados por la comisión.
Facilitar a los trabajadores el desempeño de sus funciones como integrantes de la comisión.

Las obligaciones de los trabajadores son:
Designar a sus representantes para participar en la comisión, con base en las funciones por desempeñar y participar como miembros de la comisión, cuando sean designados.
Proponer a la comisión medidas para prevenir accidentes y enfermedades de trabajo en el área o puesto donde desempeñan sus actividades cotidianas.
Proporcionar a la comisión la información que se encuentre a su alcance para la investigación de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.
Atender las medidas preventivas de seguridad y salud en el trabajo que señale el patrón y/o la Comisión.
Recibir la capacitación o adiestramiento que en materia de seguridad y salud en el trabajo les proporcione el patrón.

Constitución e integración de las comisiones
Cada comisión deberá estar integrada por un trabajador y el patrón o su representante, cuando el centro de trabajo cuente con menos de 15 trabajadores, o un coordinador, un secretario y los vocales que acuerden el patrón o sus representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores, en el caso de que no exista la figura sindical, cuando el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más.
El patrón deberá formalizar la constitución de cada comisión, a través de un acta de constitución, la cual deberá contener como mínimo los datos siguientes:
a) Datos del centro de trabajo:
1) El nombre, denominación o razón social;
2) El domicilio completo (calle, número, colonia, municipio o delegación, ciudad, entidad federativa, código postal);
3) El Registro Federal de Contribuyentes;
4) El Registro Patronal otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social;
5) La rama industrial o actividad económica;
6) La fecha de inicio de actividades;
7) El número de trabajadores del centro de trabajo, y
8) El número de turnos, y
b) Datos de la comisión:
1) La fecha de integración de la comisión (día, mes y año), y
2) El nombre y firma del patrón o de su representante, y del representante de los trabajadores,
tratándose de centros de trabajo con menos de 15 trabajadores, o
3) El nombre y firma del coordinador, secretario y vocales, en el caso de centros de trabajo con 15 trabajadores o más.
7.5 Los centros de trabajo podrán constituir otras comisiones de seguridad e higiene, tomando en consideración lo siguiente:

a) El número de turnos del centro de trabajo;
b) El número de trabajadores que integran cada turno de trabajo;
c) Los agentes y condiciones peligrosas de las áreas que integran al centro de trabajo, y
d) Las empresas contratistas que desarrollen labores relacionadas con la actividad principal del centro
de trabajo dentro de las instalaciones de este último.

Las empresas podrán organizar otras comisiones para consolidar las acciones desarrolladas por las comisiones de seguridad e higiene pertenecientes al mismo o a distintos centros de trabajo, con base en la circunscripción territorial, la actividad económica, el grado de riesgo y el número de trabajadores.










BIBLIOGRAFÍA

Camilo Janania Abrahan
 Manual de Seguridad e Higiene Industrial
México: Limusa, 2011
Grupo Noriega Editores

Norma Oficial Mexica NOM-019-STPS-2011
Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Diario Oficial

domingo, 30 de junio de 2013

cuadro comparativo







Manual de seguridad e higiene
Sanborns S.A DE C.V
Elaboró: Alma Rocío                           Mosqueda Peña
Descripción: http://gonuu.com/ckfiles/images/Sanborn%20LOGO%20INSTITUCIONAL.jpg
Cuadro de texto: ¨La calidad nunca es un accidente, siempre es el resultado de un esfuerzo de la inteligencia 
¨Jhon Ruskin¨
INDICE
Contenido





INTRODUCCION


Un programa de higiene y seguridad industrial es definido como un conjunto de objetivos, acciones y metodologías establecidas para la prevención y control de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Es fundamental para las organizaciones debido a que permiten utilizar una serie de actividades planeadas que sirven para crear un entorno que promueva la seguridad en la ejecución de las labores El manual busca garantizar características personales además de equipos y materiales de trabajo en óptimas condiciones capaces de mantener cierto nivel de salud de los colaboradores, también pretende desarrollar  conciencia sobre la identificación de riesgos , prevención de accidentes y enfermedades profesionales siendo una guía para todas las personas que conforman la organización.

En esta compañía se busca generar conciencia sobre las condiciones seguras que deben adoptar para la ejecución de las actividades en las áreas de trabajo y en la vida diaria.





Diagnóstico

NOM-001-STPS-2008

 Los pasillos y las áreas comunes se encuentran con orden y limpieza, los espacios donde se labora son seguros para los trabajadores.
El techo esta hecho de concreto y varilla de calidad. Soportan las condiciones  de nuestras actividades, cuenta con ductos que permiten la salida de líquidos y chimenea para la evacuación al exterior de gases insalubres.
Las paredes pueden soportar gran peso, existen señalamientos en lugares visibles que indican riesgos alertando al trabajador y poniéndolo a salvo.
El piso con el que contamos es anti-derrapante, sin embargo se tiene planeado crear cambios en áreas que el agua se estanca para reducir riesgos y evitar accidentes.
Las escaleras están diseñadas con un descanso y los escalones tienen el ancho adecuado para evitar accidentes.
En las unidades de verificación el patrón contratará una unidad de verificación acreditada y aprobada, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, para verificar el grado de Cumplimiento con la presente Norma.

NOM-002-STPS-2000

La empresa cuenta con extintores móviles porque las actividades pueden ocasionar incendios de bajo riesgo.
Los extinguidores cada año reciben mantenimiento preventivo, están en  lugares visibles, libres de obstáculos, y contamos con señalamientos donde se describe su ubicación.
Cuenta también con rutas de evacuación que permiten la fácil salida del edificio , además de que cuenta con los señalamientos en ubicaciones con visibilidad.


Glosario de términos


Halón: Es todo hidrocarburo halogenado que se usa como agente extinguidor.
Temperatura de ignición: Es la temperatura mínima a la cual un material combustible desprende suficientes vapores para iniciar y sostener una combustión.
Temperatura de inflamación: Es la temperatura mínima a la cual un material combustible o inflamable empieza a desprender vapores sin que éstos sean suficientes para sostener una combustión.
Fuego clase A: Es aquél que se presenta en material combustible sólido ,generalmente de naturaleza orgánica y que su combustión se realiza normalmente con formación de brasas.
Fuego de clase B: Es aquél que se presenta en líquidos y gases combustibles inflamables.
Fuego de clase C: Es aquél que involucra aparatos y equipos eléctricos energizados.
Fuego de clase D: Es aquél en el que intervienen metales combustibles.
Balaustres: es una forma moldeada en piedra o madera, y algunas veces en metal, que soporta el remate de un parapeto de balcones y terrazas, o barandas de escaleras. El conjunto de balaustres se denomina balaustrada.
Alcayata: Es una pieza, normalmente de metal, que se usa en elevación cuando se pretende sujetar un objeto sobre una pared o similar.






















El Riesgo Laboral, corresponde a un concepto que se relaciona con la salud laboral. Representa la magnitud del daño que un factor de riesgo puede causar con ocasión del trabajo, con consecuencias negativas en su salud. Estos riesgos si no son tratados y controlados, existe la probabilidad de que se produzca lo que se define como accidentes y enfermedades profesionales, de diversas índoles y gravedad en el trabajador.

Riesgos de trabajo por incendios en áreas de trabajo de acuerdo a la NOM-002-STPS-2000


  No tener el conocimiento de la adecuada utilización en los dispositivos de seguridad.
  No contar con puertas que se abren hacia dentro y hacia afuera por medio de un empuje y jale.
  La ausencia de rutas de evacuación en caso de incendio.
  Ausencia de extintores y sus revisiones periódicas (mínimo una ves al año).
  Utilizar el elevador cuando ocurra un incendio.
  Trabajar a velocidades máximas a 10 km cuando se transportan latas para fogón.
  Ausencia de revisiones periódicas por organismos capacitados y certificados.
  Ausencia de detectores de humo.
  Dejar abiertas las perillas de gas de la estufa.

Riesgos de trabajo en Instalaciones y Áreas de los Centros de Trabajo de acuerdo a la NOM-001-STPS-2008



  Líquidos derramados en el suelo o alimentos suaves derramados.
  No contar con dispositivos o equipo de seguridad.
  No colocar los señalamientos de seguridad en áreas visibles para el personal interno o externo a la empresa.
  Que las escaleras no tengan un ancho constante de 56 cm y pasamanos.
  Rampas sin antiderrapante o sin una inclinación apropiada
  O en su defecto la ausencia de estas para personal en silla de ruedas.
  Ausencia de rutas de evacuación.
  Ausencia de extintores.
  Utilizar el elevador cuando ocurra un sismo, terremoto o incendio.
  Materiales de baja calidad e inadecuados para las diversas actividades.
  Colocar escaleras móviles sobre un piso des-nivelado o resbaloso.
  No contar con el señalamiento en zonas de riesgo.
  No contar con puertas que se abren hacia dentro y hacia afuera por medio de un empuje y jale.





Riesgos de trabajo en Maquinaria de acuerdo a la NOM-004-STPS-1999.



ž  Hacer mal uso de la maquinaria o equipo de trabajo.
ž  No capacitar al personal designado que utiliza las máquinas o equipo de trabajo.
ž  Evitar las capacitaciones a los trabajadores que les brinden conocimientos paras manejar mejor las máquinas,cuando menos 1 vez al año.
ž  No contar con dispositivos de seguridad en las máquinas o equipos para que las fallas de energía no generen condiciones de riesgo.
ž  Máquina o equipos no respaldados que garantizan la seguridad en el desempeño del trabajo a los trabajadores. Las unidades de verificación podrán certificar el cumplimiento de esta Norma, verificando los apartados 5.2, 5.3, 5.4, así como en otros apartados.
ž  La Unidad de Verificación debe presentar sus resultados de acuerdo con el listado correspondiente del apéndice B.
ž  La vigencia del dictamen emitido por la Unidad de Verificación será de cinco años, a menos que los protectores o dispositivos se modifiquen.

                                  



Medidas de prevención y seguridad en caso de incendio de acuerdo a la NOM-002-STPS-2000.

v  La distancia a recorrer desde el punto más alejado hasta del interior de un edificio a un área externa no es mayor a 40 mts.
v  En un simulacro realizado al personal de la empresa respetaron el no usar el elevador
v  Las puertas como rutas de evacuación se abren y cierran con un simple jale y empuje, se observó que están libres de obstáculos, candados, picaportes o de cerraduras con seguros puestos durante las horas laborales. Los materiales con que están fabricadas son resistentes al fuego y capaces de impedir el paso del humo entre áreas de trabajo.
v  En la capacitación ofrecida se les hizo incapié de evitar el almacenamiento de inflamables, así como mantener en buenas condiciones los cables de lámparas y aparatos eléctricos.
v  Al salir del área de trabajo los aparatos eléctricos fueron apagados y perfectamente desconectados y las llaves de la estufa fueron cerradas.
v  Los tanques, tuberías, mangueras y accesorios del gas están en buenas condiciones

Medidas de prevención y seguridad en equipo para escaleras y edificios NON-001-STPS-2008.

Ø  Se observó orden y limpieza.
Ø  Los pisos se encuentran en excelentes condiciones.
Ø  En las escaleras los escalones tienen un constante de  55 cm en cada tramo recto, con fluidez de ida y venida, pasamanos del lado donde no hay muro y con un descanso. 
Ø  Se les brinda mantenimiento a las escaleras mínimo una vez al año.

Medidas de prevención y seguridad en maquinaria de acuerdo a la NOM-004-STPS-1999.

ž  La maquinaria y equipo están provistos de dispositivos de seguridad para paro de urgencia de fácil activación, cuentan con dispositivos de seguridad para que las fallas de energía no generen condiciones de riesgo.

                                   





CONCLUSIONES


Mediante la práctica llevada atraves de este manual se pretenden evitar lesiones y muerte por accidentes, reducir costos operativos de la producción y mantener la seguridad e higiene dentro de la empresa  para generar un mayor rendimiento en el trabajo.

 Se cuenta con un sistema estadístico que nos permite detectar la disminución de los accidentes y las causas de los mismos.